Reflexiones sobre la APQ
ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS ANTES DEL RD 656/2017
Desde la primera publicación del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos en 1980 por el RD 668/1980, quedó bien claro que ciertos productos tenían unas especificaciones técnicas definidas en sus correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias, denominadas ITC.
Hasta el año 2001, se publicaron las siguientes ITC:
- ITC-APQ 1: Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles.
- ITC-APQ 2: Almacenamiento de Óxido de etileno.
- ITC-APQ 3: Almacenamiento de Cloro gas.
- ITC-APQ 4: Almacenamiento de Amoníaco anhidro.
- ITC-APQ 5: Almacenamiento de gases en botellas móviles.
- ITC-APQ 6: Almacenamiento de líquidos corrosivos.
Posteriormente se ha publicado:
- ITC-APQ 7: Almacenamiento de líquidos tóxicos (nocivos, tóxicos y muy tóxicos)
- ITC-APQ 8: Almacenamiento de fertilizantes en base a nitrato amónico.
Todas estas ITC se aplicaban tanto a recipientes móviles como a recipientes fijos.
En el año 2010 se publicó la ITC-APQ 9: sobre almacenar peróxidos según APQ-9.
Hasta la publicación de dichas ITC, en los productos clasificados que no tenían ITC de aplicación, las medidas de seguridad se definían en base a los criterios de los técnicos cualificados redactores de los proyectos y de las OCA que los revisaban.
Autor: Sergi Carreras